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Ley Reglamentaria de la Fracción XIII Bis del Apartado B, del Articulo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 2o. Bis Federal de México


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Ley Reglamentaria de la Fracción XIII Bis del Apartado B, del Articulo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Federal
Artículo 2o. Bis.

Se prohíbe la subcontratación de personal en beneficio de las instituciones a que se refiere el artículo 1o. de la presente Ley. Se permitirá únicamente la subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas, siempre que el contratista esté registrado en el padrón público a que se refiere el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo.



Federal de México Artículo 2o. Bis Ley Reglamentaria de la Fracción XIII Bis del Apartado B, del Articulo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo 1o 2o 2o. Bis 3o 4o ...24

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